Micelio
Auto13 de agosto de 2025

A- de 2025

Ponente Hector Alfonso Carvajal Londoño

Demandante Virginia Orfane Acosta Beltran·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones, Colpensiones

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
Corte Constitucional
  • Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Zipaquirá y el Juzgado 1 Administrativo del Circuito del mismo municipio.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en ninguno de los despachos involucrados rechazó su competencia para instruir la acción de tutela, sino que todo partió del hecho de que el primero el primer encontró que podía estar incurso en una casual de impedimento enunciada en el Código General del Proceso.

Se dirimió el asunto con la remisión del expediente a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas para que, de manera inmediata, resuelva el impedimento presentado por su inferior jerárquico, esto es, el Juzgado 1 Laboral del Circuito de Zipaquirá, de conformidad con el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, el Código de Procedimiento Penal y el Código General del Proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 17 de julio de 2025, dictado por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por la señora Virginia Orfane Acosta Beltrán, y en contra de la Administradora colombiana de pensiones - Colpensiones.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-5091 a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas, para que, de manera inmediata, resuelva el impedimento presentado por su inferior jerárquico, el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Zipaquirá, de conformidad con el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, el Código de Procedimiento Penal y el Código General del Proceso.
  3. Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante16, a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas17, al Juzgado 001 Laboral del Circuito de Zipaquirá18 y al Juzgado 001 Administrativo del Circuito de Zipaquirá19.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.